Información General
- Código: AM 028
- Nivel: 3
- Año: 2009
- Institución de origen: División Norteamericana
Requisitos
Requiere asesoría de un instructor del área jurídica.
1. Tener como mínimo 15 años.
2. Tener la especialidad de Pacificador.
3. Definir qué es mediación y arbitraje, y discutir las semejanzas y diferencias que los caracterizan.
4. Explicar las funciones y responsabilidades de un mediador y de un árbitro.
5. Comparar litigio (conflicto en que la decisión es por un tercero) y conciliación, y discutir las ventajas y desventajas entre ellos.
6. Identificar qué tipos de conflictos pueden ser:
- Mediados
- Arbitrados
- Litigados
- Conciliados
7. Cumplir uno de los siguientes requisitos:
- Participar de un arbitraje de conflicto entre dos personas o grupos. Discutir el proceso, identificando lo que funcionó, o lo que no funcionó y, al final, presentar un informe mínimo de una página.
- Participar de una mediación de conflicto entre dos personas o grupos. Discutir el proceso, identificando lo que funcionó, o lo que no funcionó y, al final, presentar un informe mínimo de una página.
- Asistir a una audiencia de conciliación (en la cual las partes hayan llegado a un acuerdo), a una audiencia de instrucción y juicio, y presentar un informe mencionando cuál de estas dos formas soluciona el conflicto satisfactoriamente. Las audiencias de los juzgados civiles y centros de conciliación normalmente están abiertas al público. Para poder observarlas, basta conversar con la secretaria o jefe del gabinete. Caso contrario, solicitar ayuda a un profesional del área.
- Apoyar, como conciliador voluntario, en un juzgado o centro de conciliación por lo menos seis meses.
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