Información General

  • Código: AM 028
  • Nivel: 3
  • Año: 2009
  • Institución de origen: División Norteamericana

Requisitos

Requiere asesoría de un instructor del área jurídica.

1. Tener como mínimo 15 años.

2. Tener la especialidad de Pacificador.

3. Definir qué es mediación y arbitraje, y discutir las semejanzas y diferencias que los caracterizan.

4. Explicar las funciones y responsabilidades de un mediador y de un árbitro.

5. Comparar litigio (conflicto en que la decisión es por un tercero) y conciliación, y discutir las ventajas y desventajas entre ellos.

6. Identificar qué tipos de conflictos pueden ser:

  • Mediados
  • Arbitrados
  • Litigados
  • Conciliados

7. Cumplir uno de los siguientes requisitos:

  • Participar de un arbitraje de conflicto entre dos personas o grupos. Discutir el proceso, identificando lo que funcionó, o lo que no funcionó y, al final, presentar un informe mínimo de una página.
  • Participar de una mediación de conflicto entre dos personas o grupos. Discutir el proceso, identificando lo que funcionó, o lo que no funcionó y, al final, presentar un informe mínimo de una página.
  • Asistir a una audiencia de conciliación (en la cual las partes hayan llegado a un acuerdo), a una audiencia de instrucción y juicio, y presentar un informe mencionando cuál de estas dos formas soluciona el conflicto satisfactoriamente. Las audiencias de los juzgados civiles y centros de conciliación normalmente están abiertas al público. Para poder observarlas, basta conversar con la secretaria o jefe del gabinete. Caso contrario, solicitar ayuda a un profesional del área.
  • Apoyar, como conciliador voluntario, en un juzgado o centro de conciliación por lo menos seis meses.

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